El artículo de El Salto Diario titulado «Un informe pericial concluye que la foto de Mazón entrando al Cecopi es ‘técnicamente falsa'» aborda los resultados de un “Análisis Forense realizado sobre una imagen” que supuestamente muestra al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ingresando al Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi) durante la DANA que afectó a la Comunidad Valenciana.
La fotografía en cuestión fue difundida por la Agencia EFE y presentada como prueba de la llegada de Mazón al Cecopi a las 20:28 horas del 29 de octubre de 2024, en medio de la emergencia provocada por la DANA.
Inicialmente, Mazón había declarado haber llegado al centro pasadas las 19:00 horas, pero posteriormente ajustó su versión a las 20:28 horas, coincidiendo con la hora indicada en la imagen.
Análisis técnico
El informe pericial, realizado por Luis Duque, concluye que la fotografía ha sido manipulada digitalmente, invalidando su autenticidad como prueba de un hecho.
Si bien Luis Duque es un profesional con formación en criminalística y análisis forense en evidencias analógicas, carece de la especialización en informática forense. Esto es crucial, ya que cualquier pericia sobre una imagen digital debe realizarse siguiendo metodologías de informática forense y no únicamente criterios de análisis visual o de edición digital.
Deficiencias del Informe Pericial
Acceso a la Fuente Original
- Para determinar la autenticidad de una imagen digital, es imprescindible acceder al archivo original almacenado en el dispositivo donde se capturó (cámara de seguridad, teléfono móvil, servidor, etc.).
- Sin este acceso, cualquier análisis sobre una captura de pantalla o una imagen derivada no tiene validez forense, ya que no garantiza la cadena de custodia ni la integridad del archivo.
Metadatos EXIF
- El informe menciona que los metadatos EXIF han sido eliminados deliberadamente, pero no aporta pruebas técnicas de que esta eliminación haya sido intencional.
- La ausencia de metadatos por sí sola no es prueba de manipulación, ya que muchas plataformas y herramientas de edición eliminan automáticamente esta información.
Suposiciones sin evidencia técnica
- El análisis pericial incluye apreciaciones subjetivas sobre el «halo» alrededor de la silueta de Mazón, la «pérdida de detalles en el rostro» y la «discontinuidad del patrón del suelo».
- Sin embargo, no se presentan pruebas científicas concluyentes de que estos efectos sean resultado de una manipulación intencionada y no de compresión de imagen o artefactos generados por el propio sistema de grabación.
Procedimientos Correctos en un Análisis Forense Digital
Un perito informático forense conoce que cualquier evidencia digital debe ser analizada con protocolos de informática forense que garantizan su autenticidad, integridad y validez probatoria.
- En el caso de un archivo JPG, los metadatos EXIF contienen información clave como:
- Fecha y hora de captura.
- Dispositivo utilizado.
- Configuración de la cámara.
- Geolocalización (si está activada).
Sin estos elementos, es imposible verificar la autenticidad de una imagen.
Desde un punto de vista jurídico, la jurisprudencia establece que toda prueba digital debe cumplir con los principios de autenticidad, integridad, trazabilidad y cadena de custodia (STC 81/1998 y STS 300/2015).
Si una imagen no puede ser contrastada con su archivo original y sus metadatos han sido alterados o eliminados, su valor probatorio se ve confirmado y podría ser inadmitida en un proceso judicial por falta de confiabilidad (art. 326 LEC y art. 297 LECRIM).
Por lo tanto, analizar una versión impresa o una copia sin metadatos no es forense viable, ya que se pierde la posibilidad de verificar su autenticidad y detectar posibles manipulaciones.
Análisis jurídico
Desde una perspectiva legal, su informe pericial tiene implicaciones significativas, especialmente en los siguientes aspectos:
Validez de la prueba digital
La autenticidad y validez de cualquier prueba digital dependen del cumplimiento de la Cadena de Custodia y de la integridad de los datos.
- Al haber eliminado los metadatos originales y detectada manipulación digital, la imagen no cumpliría con los estándares legales para ser admitida como prueba en un proceso judicial.
Posible Alteración de Prueba (Delito de Falsedad Documental – Art. 390 del Código Penal Español)
Si se prueba que la imagen fue alterada intencionadamente para inducir un error a una autoridad judicial o a la opinión pública, podría configurarse un delito de falsedad documental en documentos privados o públicos.
Responsabilidad Penal de los Involucrados
- Si se demuestra que funcionarios públicos participan en la difusión de esta imagen manipulada, podrían ser investigados por prevaricación o delitos contra la Administración de Justicia.
- La Agencia EFE, al haber distribuido la imagen, podría enfrentar responsabilidades en caso de haber omitido una verificación adecuada antes de su difusión.
Consecuencias en un Procedimiento Judicial: Si la imagen se utilizara en una diligencia judicial para probar un hecho que no ocurrió en la forma presentada, las partes afectadas pueden solicitar su impugnación y, en su caso, la apertura de una investigación por fraude procesal.
Posibles acciones legales
- Se podría interponer una querella penal contra los responsables de la manipulación de la imagen.
- La parte afectada (por ejemplo, la oposición política o los denunciantes del caso) podría solicitar una prueba pericial independiente para ratificar la manipulación.
Conclusiones
Conclusión Técnica: Desde el punto de vista pericial informático, la imagen carece de confiabilidad y valor probatorio, ya que no se ha analizado el archivo original ni se han aplicado metodologías adecuadas de informática forense.
Conclusión Jurídica:
El informe pericial de Luis Duque no tiene relevancia probatoria, ya que no se basa en un análisis de una evidencia digital original, sino en una captura de pantalla sin trazabilidad forense.
Esto tiene repercusiones técnicas y jurídicas:
✔ Desde el punto de vista informático forense, la prueba no es válida.
✔ Desde el punto de vista legal, podría derivar en una investigación penal por falsedad documental o fraude procesal.
Repercusiones Políticas y Jurídicas
Tras la publicación del informe pericial, se generaron diversas reacciones:
✔ Podemos pidió a la jueza investigar si la Generalitat manipuló las imágenes de la llegada de Mazón al Cecopi.
✔ Isaías Lafuente (SER) ironizó sobre la controversia en torno a la hora exacta de llegada de Mazón.
✔ La Generalitat Valenciana nego cualquier manipulación y difundió imágenes de las cámaras del Cecopi para demostrar que Mazón llegó a las 20:28 horas.
Si se confirma que esta imagen fue utilizada como prueba en la diligencia judicial requerida por la jueza, estaríamos ante un posible delito de falsedad documental y un delito contra la Administración de Justicia.
Los peritos forenses debemos mantenernos siempre fieles a la verdad. Nuestra credibilidad y valía profesional dependen de nuestra imparcialidad y rigor técnico.
Un informe pericial no es un acto de fe, sino un dictamen técnico basado en evidencia forense.