viernes, octubre 18, 2024

Declarado Improcedente un Despido Notificado por Correo Electrónico

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado improcedente un despido comunicado por correo electrónico, destacando la ausencia de prueba de que la trabajadora lo haya leído. Aunque el Estatuto de los Trabajadores requiere que la comunicación de despido se haga por escrito, no especifica el método. La empleada, que había estado de baja por diversas condiciones médicas desde 2019, argumentó que no recibió la notificación correctamente.

La trabajadora llevaba prestando servicios como reponedora desde 2001 y en septiembre de 2019 inició un periodo de incapacidad temporal por varias afecciones médicas. La empresa notificó su despido por correo electrónico, pero la trabajadora alegó no haberlo leído, lo que llevó al tribunal a declarar el despido improcedente.

Este fallo subraya la importancia de garantizar la correcta entrega y recepción de las notificaciones de despido. Las empresas deben considerar métodos que aseguren la recepción efectiva por parte del empleado, como el correo certificado, para evitar situaciones similares.

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