jueves, octubre 17, 2024

El TSJM anula parte de la ordenanza de movilidad sostenible de Madrid

Luis Montes
Luis Montes
Periodista especializado en Ciberseguridad, Tecnología y Peritaje Informático

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia que anula varios preceptos de la Ordenanza 10/2021 de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, dirigida por el alcalde José Luis Martínez-Almeida. Esta decisión, tomada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, invalida concretamente las disposiciones que definen las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en el municipio y las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) en los distritos de «Centro» y «Plaza Elíptica».

El motivo principal de la anulación se basa en la «manifiesta insuficiencia» del informe de impacto económico que se presentó como parte del proceso de aprobación de la Ordenanza. Según la sentencia, aunque no se cuestiona la capacidad del Ayuntamiento para adoptar medidas de protección medioambiental, el estudio económico no cumplía con los criterios de proporcionalidad que exige la normativa. Esto, según el tribunal, es esencial para evaluar las consecuencias económicas de las medidas restrictivas, especialmente en colectivos vulnerables desde un punto de vista económico, como las pymes, autónomos o ciudadanos de bajos recursos.

El TSJM establece que el informe económico previo no analizó adecuadamente el impacto que tendrían estas restricciones en la economía, particularmente en aquellas personas que no pueden cambiar fácilmente sus vehículos por otros que cumplan con las nuevas normativas ambientales. Tampoco se estudió el efecto en las pequeñas empresas y autónomos, lo que podría generar un desequilibrio económico en el mercado y afectar la competencia.

El tribunal resalta la necesidad de ponderar cuidadosamente el balance entre los beneficios ambientales y los costos económicos, y señala que las medidas de protección del medio ambiente deben ser proporcionales y justas. Esta falta de una adecuada valoración económica contraviene el principio de «transición justa» que establece la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, la cual insta a que las medidas de transición hacia una economía más verde consideren siempre las situaciones de vulnerabilidad social y económica.

En este sentido, la sentencia alude a que el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo han subrayado en ocasiones anteriores la importancia de considerar la proporcionalidad de las medidas restrictivas, especialmente cuando afectan a sectores económicos vulnerables o a una parte significativa de la población.

Uno de los aspectos más destacados de la resolución es la falta de consideración hacia el impacto económico de las ZBE y ZBEDPE en los pequeños empresarios, pymes y autónomos, que suelen tener una menor capacidad para adaptarse rápidamente a las nuevas normativas de vehículos menos contaminantes. El tribunal señala que, en muchos casos, estos colectivos no cuentan con los recursos para renovar su flota de vehículos en los tiempos requeridos, lo que podría generar una situación de desventaja competitiva.

El impacto sobre los vehículos de transporte profesional y comercial es especialmente significativo, ya que estos sectores dependen directamente del uso de vehículos para desarrollar su actividad diaria. Según el TSJM, la ordenanza no incluyó una evaluación detallada de cómo afectaría esta normativa a estos grupos, algo que era esencial para garantizar que las medidas fueran equilibradas y justas.

A pesar de la anulación parcial de la ordenanza, el TSJM deja en pie el resto de los preceptos de la norma que no están directamente relacionados con las ZBE y ZBEDPE. Esto significa que, si bien el Ayuntamiento tendrá que revisar estos aspectos específicos, el resto de las disposiciones de la Ordenanza 10/2021 siguen siendo válidas.

El alcalde José Luis Martínez-Almeida ha señalado que el Ayuntamiento está considerando la posibilidad de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, lo que abre la puerta a una nueva batalla legal en torno a la normativa de movilidad sostenible en la capital.

Perspectivas futuras para las Zonas de Bajas Emisiones

El fallo del TSJM plantea preguntas importantes sobre cómo se deben diseñar e implementar las Zonas de Bajas Emisiones en el futuro. A nivel europeo, las ZBE han sido una herramienta clave para reducir las emisiones y mejorar la calidad del aire en las ciudades. Sin embargo, como muestra este caso, es fundamental que las políticas ambientales estén respaldadas por estudios económicos sólidos que garanticen su viabilidad y equidad, especialmente para los grupos más vulnerables.

La sentencia también refuerza la importancia de desarrollar políticas públicas que consideren el impacto a largo plazo en todos los sectores de la sociedad. Aunque la protección del medio ambiente es una prioridad, es esencial que las medidas sean inclusivas y proporcionen apoyo adecuado a aquellos que podrían verse más afectados por los cambios.

El fallo del TSJM pone de relieve la complejidad de implementar políticas de movilidad sostenible que equilibren la protección del medio ambiente con las necesidades económicas de la población. Aunque el objetivo de reducir las emisiones es fundamental para garantizar una mejor calidad de vida en las ciudades, es imprescindible que estas políticas se diseñen teniendo en cuenta las realidades económicas de los ciudadanos y los sectores empresariales.

El Ayuntamiento de Madrid se enfrenta ahora al desafío de revisar y ajustar su normativa para cumplir con los estándares legales establecidos por el tribunal. Esta situación también ofrece una oportunidad para mejorar el diálogo entre las autoridades locales, los empresarios y la sociedad civil, a fin de desarrollar políticas de movilidad que sean justas, proporcionales y efectivas.

En última instancia, la movilidad sostenible es un objetivo clave para el futuro de las ciudades, pero debe lograrse de manera que no excluya ni penalice a los colectivos más vulnerables.

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