jueves, octubre 17, 2024

La problemática legal de los falsos desnudos generados por inteligencia artificial

Patricia Varonina
Patricia Varonina
Periodística especializada en Ciberseguridad y delitos informáticos

La creación y difusión de imágenes falsas, particularmente desnudos generados mediante inteligencia artificial (IA), ha suscitado un intenso debate sobre los vacíos legales existentes en muchos sistemas jurídicos. Recientemente, hemos conocido varios casos que han capturado la atención pública. En concreto, podemos destacar el caso Almendralejo, donde una serie de filtraciones de imágenes de falsos desnudos de decenas de menores de edad han conmocionado a la localidad pacense. A su vez, destacamos el caso de la influencer Laura Escanes, quien denunció, a través de sus redes sociales, la existencia de fotografías falsas de ella misma desnuda creadas por IA circulando por internet. Este incidente, junto con otros similares, subraya la necesidad urgente de una regulación adecuada en este ámbito. La gravedad de estos hechos podría llegar a acentuarse, cuando no sólo se trata de generar una imagen falsa del cuerpo de una persona, sino también de incluirla en un contexto web pornográfico. Estos incidentes, entre muchos otros más, resaltan la urgente necesidad de claridad en la regulación sobre este ámbito, ilustrándose la complejidad de esta problematica

Este fenómeno no es exclusivo de España; la creación de contenido falso, especialmente cuando afecta a menores, ha generado preocupación a nivel global. Las legislaciones actuales se enfrentan al desafío de adaptarse a las capacidades siempre en expansión de la IA, que facilita la creación de estos materiales con una verosimilitud alarmante

Algunos países, como Estados Unidos, están en proceso de desarrollar legislaciones específicas para abordar el uso indebido de la IA en la generación de contenido explícito sin consentimiento. Estas iniciativas buscan proteger no solo a las celebridades, sino a cualquier individuo de la difusión no autorizada de imágenes íntimas falsas

En España, aunque ciertos aspectos de esta problemática pueden enmarcarse bajo delitos ya existentes como la revelación de secretos, la especificidad y novedad de los desafíos que presenta la IA requieren una revisión y actualización legislativa. Es fundamental desarrollar un marco legal que contemple las peculiaridades de los deepfakes y otros productos generados por IA, garantizando la protección de la dignidad y privacidad de las personas

La regulación efectiva de estos avances tecnológicos representa un desafío significativo para los legisladores, quienes deben equilibrar la protección de los derechos individuales con la libertad de expresión y la innovación tecnológica.

Entre los comportamientos punibles que recoge el Código Penal, según la definición, estaría generar y difundir imágenes de una persona sin su consentimiento, independientemente de si estas son reales, han sido elaboradas con Photoshop o generadas mediante inteligencia artificial.

El problema es que no está tipificado ni contemplado en el Código Penal porque España todavía no tiene una ley específica que regule la pornografía recreada a través de inteligencia artificial. Además, como no existe ningún caso previo similar que haya llegado al Tribunal Supremo, tampoco hay jurisprudencia. Eso sí, a los autores de las recreaciones de los desnudos de las menores se les puede acusar de pornografía infantil, de un delito contra la integridad moral, de coacciones y también se les podría imponer una multa por la ley de protección de datos.

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