viernes, octubre 18, 2024

La Directiva CSRD: Un Cambio Clave en la Transparencia y Sostenibilidad Corporativa a partir de 2025

Luis Montes
Luis Montes
Periodista especializado en Ciberseguridad, Tecnología y Peritaje Informático

La sostenibilidad se ha convertido en una prioridad central para las empresas a nivel global, impulsada por la creciente demanda de transparencia y responsabilidad por parte de inversores, clientes y reguladores. En este contexto, la Unión Europea está liderando el camino con la implementación de la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). Esta normativa, que entrará en vigor en 2025, establece nuevas exigencias para las empresas en cuanto a la divulgación de su impacto en sostenibilidad, marcando un hito en la evolución de la regulación corporativa.

La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la Unión Europea reemplaza a la anterior Directiva de Información No Financiera (NFRD). Su objetivo es unificar y mejorar la calidad de la información sobre sostenibilidad que las empresas deben proporcionar. La CSRD busca canalizar los flujos de capital hacia una economía más sostenible, gestionar los riesgos financieros asociados con el cambio climático, y fomentar una mayor transparencia en las actividades económicas. Para ello, establece un marco estándar para la presentación de informes, garantizando que los datos proporcionados sean fiables, comparables y accesibles para inversores y otras partes interesadas.

¿Qué Empresas Deben Cumplir con la CSRD?

La CSRD amplía significativamente el alcance de las empresas obligadas a reportar. Las entidades sujetas a esta normativa incluyen:

  • Todas las empresas cotizadas en el mercado regulado de la UE, incluidas las pymes cotizadas, con excepción de las microempresas.
  • Grandes empresas que superen al menos dos de los siguientes tres criterios: 250 empleados, 20 millones de euros en activos, o 40 millones de euros en ingresos netos.
  • Empresas fuera de la UE que generen más de 150 millones de euros en volumen de negocios y tengan operaciones significativas dentro de la UE.
  • Instituciones financieras y empresas de seguros cautivas, siempre que sean grandes o pymes cotizadas, excepto microempresas.

Calendario de Implementación

El cumplimiento con la CSRD se implementará en etapas:

  • Desde el 1 de enero de 2024: Grandes empresas de interés público con más de 500 empleados deberán reportar en 2025.
  • Desde el 1 de enero de 2025: Grandes empresas que cumplan dos de los tres criterios anteriormente mencionados deberán presentar informes en 2026.
  • Desde el 1 de enero de 2026: Pymes cotizadas (excluyendo microempresas) y otras empresas deberán presentar informes en 2027.
  • Desde el 1 de enero de 2028: Empresas fuera de la UE con sucursales significativas deberán reportar en 2029.

Requisitos de Información

Las empresas obligadas por la CSRD deben presentar un informe anual detallado que incluya:

  • Modelo de negocio y estrategia: Descripción de la resiliencia ante riesgos de sostenibilidad.
  • Objetivos y progresos sostenibles: Información sobre los objetivos sostenibles y el avance hacia su consecución.
  • Funciones y conocimientos del consejo: Detalle sobre la gobernanza en materia de sostenibilidad.
  • Políticas y sistemas de incentivos: Políticas de sostenibilidad y sistemas de incentivos relacionados.
  • Diligencia debida y gestión de riesgos: Procesos para la gestión de riesgos y diligencia debida.
  • Cadena de valor y operaciones: Información sobre la cadena de valor y operaciones.

Estos informes deben seguir los estándares de la European Sustainability Reporting Standards (ESRS) y ser presentados en un formato electrónico accesible públicamente, marcado para su inclusión en el Punto de Acceso Único Europeo (ESAP). Además, la información reportada debe ser verificada por un tercero independiente, como el auditor de cuentas anuales de la empresa o un proveedor de servicios de verificación independiente.

Importancia de la Verificación

Los verificadores deben cumplir con requisitos de formación, ética e independencia equivalentes a los de auditoría de cuentas. Esta verificación es crucial para garantizar la precisión, fiabilidad y objetividad de los informes, manteniendo así la confianza de inversores y partes interesadas.

Puntos Adicionales

  • Omisión de Información: En casos excepcionales, las empresas pueden omitir información si su divulgación afecta negativamente a su posición comercial, siempre que no impida una comprensión adecuada de los resultados.
  • Normas y Formatos: Los informes deben seguir los estándares ESRS y presentarse en un formato electrónico accesible y marcado para el ESAP.
  • Supervisión y Sanciones: Se aplicará un régimen de supervisión y sanciones para los verificadores, similar al de los auditores financieros, elevando la importancia de la verificación.
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